SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES CUALIFICADOS MENORES DE 30 AÑOS

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SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES CUALIFICADOS MENORES DE 30 AÑOS

Se tratan de ayudas directas a la contratación de jóvenes menores de 30 años, los cuales deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • REQUISITOS TRABAJADORES
  1. Estar inscritos como demandantes de empleo en LABORA.
  2. Estar inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil.
  3. Aportar fotocopia de la Titulación Universitaria, de la Formación Profesional o del certificado de cualificación profesional. En ausencia de estos, certificado académico de expedición de título y del pago de las tasas (todo en el mismo certificado).
  4. No haber mantenido, en los últimos 6 meses, relación laboral con la empresa empleadora.
  5. No mantener una relación de cónyuge, ascendiente, descendiente o demás parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y sus análogas en el caso de parejas de hecho, con la entidad empleadora o los cargos directivos o miembros de los órganos de administración de esta.

Podrán ser beneficiarios de esta subvención todo tipo de empresas, tanto privadas como autónomos (exceptuando comunidades de bienes), haciendo cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  • OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO
  1. Mantener al trabajador subvencionado durante 2 años, teniendo la posibilidad de sustituirlo por otra persona con mismas características (menor de 30 años cualificado), por vacantes originadas por: baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora. Deberán faltar, al menos, 6 meses para completar el periodo de 2 años de la obligación del mantenimiento del puesto de trabajo. La sustitución deberá realizarse en el plazo máximo de 30 días naturales desde la baja y deberá realizarse una vez hayan transcurrido, al menos, los primeros 6 meses o al recibir la notificación de aprobación de la ayuda.
  • Si hay sustitución del trabajador que causó la baja, se tendría que devolver la parte proporcional de la subvención.
  • En el caso de despido improcedente, no se podrá sustituir al trabajador y, por tanto, se tendría que devolver la cuantía íntegra de la subvención.
  1. Mantener la plantilla media de la empresa durante 2 años (sin tener en cuenta las bajas voluntarias ni los despidos procedentes para el cálculo de la plantilla media al final de los 2 años mencionados).
  2. El contrato que se deberá realizar será a jornada completa y el periodo de prueba será máximo de 59 días y, deberá existir correlación entre la titulación acreditada por el trabajador y el grupo profesional según el convenio vigente correspondiente.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

Hombres: 27.216 euros

Mujeres: 28.728 euros

Violencia de género o diversidad funcional severa: 30.240 euros

PLAZO DE SOLICITUD

Se podrá solicitar desde el 22 de febrero de 2023 al 31 de mayo de 2023.

 

Para más información o consulta de dudas, no duden en ponerse en contacto con nosotros.

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