Madres trabajadoras autónomas: subvención durante la baja maternal

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Cómo solicitar una subvención para madres trabajadoras autónomas embarazadas o en proceso de adopción en la Comunidad Valenciana.

Todas las mujeres que esperamos la llegada de nuestro bebé entendemos el esfuerzo que supone compaginar la maternidad con el mantenimiento de nuestro trabajo.

Cuando somos autónomas y nos ponemos enfermas o debemos coger la baja por maternidad parece que “no podamos concedernos” ese tiempo para cuidar de nosotras o de nuestros hijos.

Así que si te encuentras en esta situación, te invitamos a seguir leyendo.

Este artículo va dirigido a aquéllas madres trabajadoras autónomas que se ven en la necesidad de contratar a otra persona para que continúe la actividad durante la baja por maternidad.

Si eres trabajadora autónoma y estás esperando un hijo, puedes solicitar una subvención que te ayude durante la baja maternal.

Esta subvención se recoge en la Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación. por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones destinadas al programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres. reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre.

 

Condiciones y requisitos para acceder a la subvención:

Objeto de la subvención madres trabajadoras autónomas.

Se trata de una ayuda al emprendimiento.

La finalidad de la subvención es la contratación de personas desempleadas por mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción. De este modo, podrán transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

Las subvenciones solo se concederán para centros de trabajo situados en la Comunitat Valenciana.

Beneficiarias.

Serán beneficiarias las mujeres trabajadoras autónomas embarazadas o en proceso de adopción.

Quedan excluidas:

  • Las socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales
  • Las mujeres integrantes de comunidades de bienes y autónomas colaboradoras.

Obligaciones de las beneficiarias.

Las principales obligaciones son:

  1. Formalizar los contratos de trabajo por escrito, debiendo indicar la duración estimada expresada en meses completos.
  2. Los contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado el número horas semanales trabajo.
  3. Mantener la relación laboral con el trabajador cuya contratación motivó la ayuda al menos durante el periodo subvencionado de tres o seis meses.
  4. Acreditar la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, así como el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones que determinen esa concesión.
  5. Conservar los documentos (incluidos los electrónicos) que justifiquen la aplicación de los fondos recibidos, en tanto pudieran ser objeto de control, siendo estos originales o copias certificadas conforme con los mismos.
  6. Aportar, en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, una declaración en modelo normalizado sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia a que hace referencia la letra anterior.

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Requisitos de la persona contratada.

  1. La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2018 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.
  2. La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en el SERVEF hasta su contratación.
  3. La persona contratada no debe mantener, con la beneficiaria, una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.

Cuantía de la subvención.

Las trabajadoras autónomas que acrediten los requisitos anteriores se concederá una subvención de:

  • 1.500 € para contratos temporales a jornada completa de al menos tres meses de duración.
  • 3.500 € para contratos temporales a jornada completa de al menos seis meses de duración.
  • Se incrementarán en 500 € si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.

Si contratas a tiempo parcial (al menos 30 horas semanales) la subvención se reducirá proporcionalmente.

Plazo y forma de solicitud.

El plazo de solicitud es del 15 de febrero de 2018 al 1 de octubre de 2018.

La solicitud se presentará preferentemente de forma telemática. A través de este enlace podrás encontrar información detallada, trámites y modelos de solicitud.

Solicitar subvención trabajadoras autónomas embarazadas o en proceso de adopción.

Esperamos que os haya resultado interesante.

 

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